Construcción en sitio propio.
Urbano o rural, conoce todos lo requisitos.
Construcción en sitio propio.
Modalidad en la cual el beneficiario del subsidio accede a una vivienda de interés social, mediante la edificación de la misma en un lote de su propiedad que puede ser un lote de terreno, una terraza o una cubierta de losa. En todo caso, el título de propiedad debe estar inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a nombre de cualquiera de los miembros del hogar postulante.
REQUISITOS:
1. Dar cumplimiento a los requisitos generales y además:
2. De acuerdo con la normativa vigente, en ningún caso la cuantía del subsidio de vivienda otorgado por CAFABA podrá ser superior al 90% del valor o precio de la vivienda a adquirir, para los casos de construcción en sitio propio y mejoramiento de vivienda el 90% será tomado con base de la construcción o la mejora, en la fecha de asignación del subsidio. El 10% restante del valor o precio de la vivienda a adquirir, construir o mejorar, en la fecha de asignación del subsidio, deberá ser aportado por el beneficiario.
3. El título de propiedad debe estar inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a nombre de cualquiera de los miembros del hogar postulante.
4. La vivienda puede tener limitación al dominio, crédito hipotecario, pero este debe ser únicamente para la adquisición de la vivienda o lote donde se va a aplicar el subsidio de mejoramiento de vivienda o construcción en sitio propio, no se admite para este, proceso de embargo o demanda.
5. Esta modalidad de subsidio también podrá otorgarse a hogares que se postulen a proyectos de vivienda de interés social, desarrollados en lotes urbanizados de propiedad de las entidades territoriales, siempre que tales lotes hayan sido previamente otorgados a título de subsidio en especie, por la entidad territorial o la entidad facultada para otorgar el subsidio en especie dentro del respectivo territorio. En este caso, el proyecto debe tener asegurada la financiación de la totalidad de la construcción de las viviendas.
6. Esta modalidad de subsidio podrá aplicarse en barrios susceptibles de ser legalizados para lo cual deberá verificarse que las viviendas no se encuentren ubicadas en zonas de alto riesgo no mitigable, zonas de protección de recursos naturales, zonas de reserva de obra pública o de infraestructuras básicas del nivel nacional, regional o municipal o áreas no aptas para la localización de vivienda, de acuerdo con los planes de ordenamiento territorial.
7. Esta modalidad deberá presentar la licencia de construcción correspondiente expedida en términos del Decreto 1077 del 2015.
8. La solución de vivienda elegida debe corresponder a un programa o proyecto de vivienda de Interés Social cuyo valor no puede superar 135 S.M.M.L.V.
9. En aquellos casos en que la vivienda se encuentre construida totalmente en materiales provisionales, se considerará objeto de un programa de construcción en sitio propio, previa validación técnica de la entidad otorgante del subsidio.
10. Recibo de impuesto predial vigente o avaluó catastral.
11. Incluir Registro fotográfico del predio a construir o de las áreas de la vivienda a mejorar que evidencien claramente las deficiencias a superar.
12. Certificado disponibilidad inmediata de servicios públicos: energía, acueducto y alcantarillado (para acueductos rurales la certificación debe aclarar que el agua es apta para consumo humano).
13. Si el predio ya cuenta con servicios públicos: Copia del último recibo de pago de energía y acueducto.
14. Para los casos de construcción en sitio propio, se tendrá como valor de la vivienda el que arroje el presupuesto de obra con el correspondiente costo financiero, adicionado con el valor del terreno o lote, valorado de acuerdo con el respectivo avalúo catastral.
En casos de construcción en sitio propio, acreditar que la propiedad del lote en el cuál se desarrollará el plan está en cabeza de los postulantes, mediante certificado de libertad y tradición del inmueble expedido con treinta (30) días de anterioridad a la presentación del proyecto.
* SMMLV 2024: $ 1,300,000
DOCUMENTOS
IMPORTANTE:
- Formulario de postulación diligenciado sin tachones ni enmendaduras. Descargarlo en la página web o solicitarlo al correo fondos@cafaba.com.co
- Fotocopia de cédulas legibles de los mayores de edad, ampliada al 150%.
- Registro civil de nacimiento legible de los menores de edad que contenga el NUIP; y de los que se requieran para acreditar parentesco. Si se postula con padre o madre R.C del postulante; y si es con hijos mayores, R.C del hijo.
- Fotocopia de la tarjeta de identidad o pre-cédula (según el caso).
- Registro civil de matrimonio - para estado civil casado.
- Declaración juramentada de convivencia - para estado civil unión libre
- Registro civil de defunción del cónyuge - para estado civil viudo
- Si es divorciado - Registro civil de matrimonio con anotación del divorcio
- Si es hombre o mujer cabeza de hogar - Declaración juramentada que lo acredite. Descargarlo en la página web o solicitar formato fondos@cafaba.com.co
- Si algún miembro del hogar tiene discapacidad – certificado médico
- Certificado laboral original con fecha de expedición no mayor a 30 días, expedida por la empresa donde laboran; adjuntan certificado los miembros del hogar que laboran, donde indique los ingresos mensuales. Los ingresos deben coincidir con los reportados en la planilla de pago de aportes PILA;
- Declaración juramentada de las personas que dependan económicamente del trabajador. Descargarlo en la página web o solicitar formato fondos@cafaba.com.co
- Si es afiliado independiente, certificado del pago de aportes a Cafaba.
- Si es afiliado pensionado, certificado de pago de aportes a Cafaba y certificado de la última mesada pensional.
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Demostrar ahorro previo de 4 smmlv presentando:
-Certificado del fondo de cesantías con fecha y saldo de la inmovilización. No mayor a 30 días.
-Certificado de la cuenta de ahorro programado para vivienda, con nombre e identificación, número de cuenta, el monto y las fechas de expedición y de inmovilización del saldo. - Carta de aprobación o pre-aprobación de crédito hipotecario con fecha de expedición no mayor a 30 días.
- Copia de la escritura de la compra del lote.
- Certificado de tradición y libertad de matrícula inmobiliaria, vigencia No mayor a 30 días.
- Recibo impuesto predial último año vigente.
- Licencia o permisos de construcción expedido por la entidad competente.