SUBSIDIO EDUCATIVO

SUBSIDIO ESCOLAR

Nuestro objetivo es aliviar las cargas económicas que representa el sostenimiento de la familia como núcleo básico de la sociedad, haciendo entrega según la Ley 115 de 1994, del auxilio educativo, en especie a los trabajadores beneficiarios del subsidio familiar con hijos de edades entre seis (6) y diecisiete (17) años en etapa escolar, los cuales serán entregados a los trabajadores cuyas empresas realizaron el pago de los aportes correspondientes al mes de octubre de 2024.

Requisitos para entrega de bono escolar

1. Afiliados en las categorías A y B.

2. Estudiantes matricular en primaria y bachillerato que se encuentren entre los seis (6) y diecisiete (17) años de edad, siempre y cuando estén cursando básica primaria (1° a 5° grado), básica secundaria (6° a 9° grado) y media (10° a 11° grado) y excepcionalmente se entregará a los niños menores de 6 años que se encuentren cursando primaria y los que sean mayores de diecisiete (17) años de edad y se encuentren en escolaridad en instituciones educativas del territorio colombiano.

3. Trabajadores cuyas empresas pagaron sus aportes de octubre de 2024, a más tardar el 26 de noviembre 2024 y que hayan recibido el respectivo subsidio del mes de octubre.

4. Las personas con discapacidad tendrán derecho al bono escolar siempre y cuando estén escolarizados y cursando educación básica primaria (1° a 5° grado), básica secundaria (6° a 9° grado) y media (10° a 11° grado).

5. Los hijos de trabajadores fallecidos que se encuentren recibiendo cuota monetaria, tendrán derecho a recibir el bono escolar que se encuentren entre los seis (6) y diecisiete (17) años de edad, que estén cursando educación básica primaria (1° a 5° grado), básica secundaria (6° a 9° grado) y media (10° a 11° grado)

6. Si el padre y la madre trabajan, sólo se entrega un bono escolar por el mismo beneficiario.

¿Quiénes NO reciben bono escolar?

1. No se otorgará bono escolar a los hijos de los afiliados pensionados e independientes.

¿Dónde puedo reclamar el bono escolar?

1. En Barrancabermeja, edificio Instituto Técnico de Cafaba, ITC, carrera 17 No. 51 - 29 barrio Colombia.

Horario de atención:

  • Lunes a jueves 7:30 am a 4:30 pm 
  • Viernes 7:30 am a 3:00 pm

2. Corregimiento El Centro, vereda Campo 22. Oficina Agencia de Empleo.

Horario de atención:

  • Lunes a jueves 7:30 am a 11:30 am / 1:00 pm a 4:30 pm
  • Viernes 7:30 am a 11:30 am / 1:00 pm a 3:30 pm

3. En Puerto Wilches. Oficina principal en Puerto Wilches, carrea 3 No. 5 -64 sector comercial. 

Horarios de entrega:

  • Lunes a jueves 7:30 am a 11:30 am / 2:00 pm a 5:30 pm
  • Viernes 7:30 am a 3:00 pm 

¿Qué documentos debe presentar para reclamar el bono escolar?

  1. Documento de identidad del trabajador afiliado y una copia del mismo.
  2. En caso que el beneficiario no aparezca en el base de datos el SIMAT, debe presentar la escolaridad de la vigencia 2025.

¿Puedo enviar a otra persona a reclamar el bono escolar?

Si el titular no puede reclamar el bono escolar, la persona que lo haga debe presentar:

1. Documento de autorización diligenciado.

2. Fotocopia de documento de identidad del titular y de quien reclama, con sus respectivas huellas.

¿Tienes dudas?

Si tiene dudas comuníquese con uno de nuestros asesores a través de las siguientes líneas de atención: 

  • SUBSIDIO: 316 8760878
  • ATENCIÓN AL CLIENTE: 315 8757215
  • APORTES - 318 263 2020

• ASESORÍA COMERCIAL:

  • Barrancabermeja
    3186566440
    3184010807
    3182379052
    3166938149
    3186294894
    Corregimiento El Centro: 3183545276
    Puerto Wilches: 318 4010810